La Sección Primera del Tribunal Constitucional (TC) decidió este jueves por unanimidad no admitir el recurso del Partido Popular por la no proclamación de su candidatura de mujeres en Garachico "por falta de agotamiento de la vía judicial procedente", es decir, el contencioso-administrativo.
El Partido Popular, a través de Pilar Merino, recurrió a la vía contencioso-administrativa al ver que la Junta Electoral no accedía a proclamar su candidatura municipal formada solamente por mujeres al Ayuntamiento de Garachico. Tras ese recurso, el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Santa Cruz de Tenerife planteó una cuestión de inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Igualdad entre Mujeres y Hombres, que entre otros preceptos obliga a la paridad de sexos en las candidaturas.
Según el auto del Constitucional, "el auto de planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad no es 'susceptible de recurso de ninguna clase', es de añadir que la vía judicial no ha concluido, en efecto, por cuanto en el procedimiento electoral sustanciado ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife se ha acordado el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad (...). Dicho incidente, obligado para el órgano judicial por cuanto abriga dudas sobre la constitucionalidad del referido precepto legal, implica la suspensión del proceso principal, pero no su conclusión o cierre, única circunstancia que deja expedito el acceso a la jurisdicción de amparo constitucional".
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